Información para Proveedores

Código de conducta para socios y socias comerciales

Preámbulo

Este código de conducta para socios y socias comerciales se aplica a todas las empresas del Martin Braun-Gruppe, tanto a nivel nacional como internacional. El Martin Braun-Gruppe respeta la legislación vigente y espera lo mismo de sus empleados y empleadas, así como de sus socios y socias comerciales en todo el mundo. En particular, el Martin Braun-Gruppe espera que sus socios y socias comerciales cumplan con todas las leyes y reglamentos pertinentes, así como con los requisitos y estándares establecidos en este código de conducta. Esto se aplica independientemente de si se trata de leyes, reglamentos, convenios, sanciones o embargos nacionales, extranjeros o supranacionales, u otros reglamentos o actos jurídicos (en lo sucesivo, «leyes»), en la medida en que sean aplicables en cada caso particular. Del mismo modo, está prohibido inducir a terceros a cometer actos ilícitos o participar en ellos. Por otro lado, las normas jurídicas y sociales cambian con el tiempo. Es por eso que los socios y socias comerciales deben revisar continuamente su comportamiento y adaptarlo a las necesidades actuales.

I. Responsabilidad medioambiental

El Martin Braun-Gruppe se esfuerza por utilizar los recursos medioambientales de la manera más respetuosa posible, evitar riesgos para las personas y el medioambiente, y mejorar continuamente todos los procesos con el objetivo de reducir aún más el impacto ambiental. Para alcanzar estos objetivos, el Martin Braun-Gruppe espera que sus socios y socias comerciales también cumplan con sus responsabilidades medioambientales de acuerdo con los objetivos establecidos en esta sección.

1. Contribución a la protección del medioambiente y del clima

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe se comprometen a contribuir a la protección del
medioambiente y del clima, así como a actuar de forma previsora en todas las actividades comerciales en cuanto a su impacto medioambiental y climático. Para ello, deberán cumplir con todas las leyes y reglamentos medioambientales nacionales e internacionales aplicables y disponer de todos los permisos y licencias necesarios.

2. Reducción del consumo de recursos y energía

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe se asegurarán de que en la producción se minimice el consumo de recursos y energía. Esto puede lograrse mediante la aplicación de métodos y medidas adecuados en los procesos de producción y funcionamiento, como el ahorro de costes, el reciclado o el uso de materiales alternativos. También deberían adoptarse medidas que garanticen un uso eficiente y respetuoso con el medioambiente de los recursos, y que tengan un impacto positivo en la biodiversidad, el cambio climático y la escasez de recursos.

3. Protección de la calidad de vida

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe se asegurarán de que la fabricación de los productos
suministrados al Martin Braun-Gruppe no provoque alteraciones perjudiciales del suelo, contaminación del agua,
contaminación atmosférica, emisiones prejudiciales de ruido y consumo excesivo de agua que den lugar a restricciones en la calidad de vida, alteraciones en la producción de alimentos, denegación del acceso a agua potable, denegación del acceso a instalaciones sanitarias o daños para la salud.

4. Gestión de los residuos y del tratamiento de las emisiones respetuosa con el medioambiente

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe se asegurarán de que los productos suministrados al Martin Braun-Gruppe se manipulen, recojan, almacenen y eliminen de forma respetuosa medioambiente de conformidad con la legislación vigente. Los residuos y las emisiones resultantes (aire, ruido y gases de efecto invernadero) que tengan un impacto negativo en las personas o el medioambiente se eliminarán, controlarán o liberarán al medioambiente exclusivamente en forma tratada, de conformidad con la legislación aplicable.

5. Ausencia de productos químicos específicos

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe no suministrarán productos que contengan contaminantes orgánicos persistentes, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, letra a, y en el anexo A del Convenio de Estocolmo de 23 de mayo de 2001.

6. Ausencia de mercurio

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe se asegurarán de que los productos suministrados al Martin Braun-Gruppe no se fabriquen con mercurio o compuestos de este y de que cualquier residuo de este se trate adecuadamente.

II. Responsabilidad social

El Martin Braun-Gruppe espera que sus socios y socias comerciales respeten los derechos humanos reconocidos a nivel internacional, así como todos los derechos humanos aplicables en el lugar de trabajo, respetando las leyes aplicables. Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe deben esforzarse por garantizar que al menos estos estándares se cumplan también con sus propios socios y socias comerciales. Para alcanzar estos objetivos, el Martin Braun-Gruppe espera que sus socios y socias comerciales cumplan con sus responsabilidades sociales de acuerdo con los objetivos establecidos en esta sección.

1. Contribución a la protección de la salud y la seguridad en el trabajo

Es responsabilidad de todos los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe evitar riesgos para las personas y el medioambiente. Los procesos, establecimientos y medios de producción deben cumplir los requisitos legales e internos aplicables en materia de seguridad en el trabajo, así como las disposiciones de protección de la salud, incendios y medioambiente. La salud, la seguridad en el trabajo y la adecuación de las condiciones de trabajo a laspersonas son elementos importantes de la política de empresa.

Además, los socios y socias comerciales garantizan, en concreto, que:
• Los empleados y empleadas se formen sobre las normas generales de seguridad y las medidas de emergencia. Los empleados y empleadas estén capacitados para el manejo seguro de las máquinas.
• Se establezca un entorno de trabajo seguro y se adopten medidas para reducir las fuentes de peligro relacionadas con el trabajo.
• Se proporcionen los equipos de protección necesarios y se explique su uso.

2. Cumplimiento de las disposiciones sobre la jornada laboral

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe aseguran que respetan la jornada laboral máxima permitida de acuerdo con la legislación nacional aplicable y los convenios colectivos en el marco de la OIT (Organización Internacional del Trabajo).

3. Prevención del trabajo infantil

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe no pueden recurrir al trabajo infantil en ninguna fase del
proceso de prestación de servicios. Se insta a los socios y socias comerciales a que cumplan las recomendaciones sobre la edad mínima para el empleo infantil recogidas en los convenios pertinentes de la OIT y en el quinto principio del Pacto Mundial. Por consiguiente, las relaciones laborales solo se admiten si la edad no es inferior a la edad en que finaliza la escolaridad obligatoria según la legislación del lugar de empleo o a la que se permite el empleo según el quinto principio del Pacto Mundial.4. Prohibition of forced labour

4. Exclusión del trabajo forzoso

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe no pueden recurrir al trabajo forzoso, el trabajo esclavo, el trabajo en condiciones de servidumbre, el trabajo forzoso en cautiverio o en cualquier otra de sus formas. Todo trabajo debe ser voluntario y los empleados y empleadas deben poder poner fin a su relación laboral en cualquier momento. Los empleados y empleadas no deben recibir un trato inaceptable que implique maltrato psicológico, acoso sexual o personal. En ningún caso podrá exigirse la entrega de documentos de identidad, pasaportes u otros documentos, así como el pago de una tasa al empresario antes del inicio del trabajo. Además, cualquier forma de esclavitud, esclavitud moderna u otras formas de dominación y opresión a través de la explotación económica o sexual y la humillación es incompatible con los principios éticos del Martin Braun-Gruppe. Por eso, el Martin Braun-Gruppe espera que todos los socios y socias comerciales tomen medidas y luchen contra todas las formas de esclavitud.

5. Prevención de la discriminación

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe se comprometen a prohibir cualquier forma de discriminación y a actuar con decisión contra ella. En concreto, garantizan que no haya discriminación en su área de influencia por motivos de color, sexo, edad, nacionalidad, convicciones políticas o religiosas, origen social o étnico, discapacidad u orientación sexual.

6. Garantía de un salario adecuado

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe pagan a sus empleados y empleadas un salario digno de
acuerdo con las normas salariales aplicables en el lugar de trabajo. El salario debe ser al menos igual al salario mínimo legal vigente en el lugar de trabajo y ser el habitual en el sector.

7. Garantía de libertad de reunión y de asociación

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe respetan el derecho a la libertad de reunión y de asociación de sus empleados y empleadas, y respetan todas las leyes nacionales e internacionales aplicables en sus respectivos lugares de trabajo, como el derecho a la huelga o el derecho a la negociación colectiva. Se fomenta el diálogo abierto y directo con los empleados y empleadas para encontrar soluciones a los problemas que puedan surgir.

8. Prevención del uso indebido de las fuerzas de seguridad

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe no emplearán fuerzas de seguridad privadas o públicas para proteger a la empresa si su uso viola los derechos humanos, las libertades o los derechos laborales aplicables.

9. Prevención de desahucios forzosos ilegales

Los socios y socias comerciales del Martin Braun-Gruppe rechazan cualquier forma de desahucio forzoso y expropiación ilegales para la adquisición, construcción o cualquier otro uso de tierras, bosques y aguas.

III. Conducta empresarial ética

1. Protección de los secretos comerciales

Los socios y socias comerciales reciben información confidencial del Martin Braun-Gruppe para negociaciones, ofertas y para la posterior ejecución del contrato. De ahí que los socios y socias comerciales están obligados a mantener la confidencialidad sobre todos los secretos empresariales y comerciales del Martin Braun-Gruppe, así como sobre otros asuntos confidenciales internos del mismo. Se consideran confidenciales tanto la información marcada como tal como aquella que se supone que no es de dominio público ni puede ser divulgada, por ejemplo, ya que podría beneficiar a los competidores o perjudicar al Martin Braun-Gruppe o a otros socios y socias comerciales si se hiciera. La obligación de confidencialidad se mantendrá tanto durante la relación contractual como después de su terminación. La información confidencial estará protegida del acceso no autorizado de terceros y, dentro de la empresa, los socios y socias comerciales garantizarán que la información confidencial solo se divulgue a empleados y empleadas que lo necesiten para el desempeño de sus funciones y que estén obligados a mantener la confidencialidad.


2. Ausencia de infracciones de las leyes de corrupción

En virtud de los convenios internacionales contra la corrupción de funcionarios y funcionarias públicos, empleados y empleadas de la administración pública y en actividades económicas, existen normas igualmente estrictas en todo el mundo, por lo que la corrupción (soborno y obtención de beneficios) cometida en el extranjero también es punible según la legislación nacional. Esto es algo que los socios y socias comerciales deberán tener en cuenta. Asimismo, los socios y socias comerciales también deben tener en cuenta que los empleados y empleadas del Martin Braun-Gruppe no pueden exigir ni aceptar beneficios personales indebidos de los socios y socias comerciales en relación con sus actividades comerciales, por lo que estos tampoco pueden ofrecerlos. Solo se autorizarán regalos promocionales de escaso valor para uso profesional. Las invitaciones (comidas de negocios o similar) que tengan un motivo comercial, se mantengan dentro de un marco razonable y no puedan influir indebidamente en las decisiones comerciales están permitidas siempre que se cumpla con las obligaciones de registro aplicables en virtud de las leyes sobre corrupción.


3. Separación de los intereses privados y empresariales

Los empleados y empleadas del Martin Braun-Gruppe están obligados a tomar sus decisiones comerciales en el mejor interés del Martin Braun-Gruppe y no influenciados por intereses personales. Por lo tanto, los socios y socias comerciales no deben interferir ni influir en los intereses personales de un empleado o empleada del Martin Braun-Gruppe o de cualquier persona cercana a ellos. A la hora de decidir sobre una relación comercial, el Martin Braun-Gruppe solo tiene en cuenta criterios objetivos: En principio, la selección de los socios y socias comerciales se basará en criterios adecuados y objetivos, como el precio, la calidad y la existencia de un sistema de gestión de la calidad, la fiabilidad, el nivel tecnológico, la idoneidad del producto, la existencia de una relación comercial a largo plazo y sin conflictos y basada en el respeto del medioambiente y los derechos humanos. Las relaciones o intereses personales no deben en ningún caso influir en la celebración de un contrato. Los socios y socias comerciales deberán comunicar por escrito cualquier conflicto de intereses posible o existente.

IV. Avisos e informes de infracciones

Si un socio o socia comercial obtiene un aviso de infracción de estos principios de conducta por sus propias acciones, las de sus empleados y empleadas, proveedores, competidores y competidoras o empleados y empleadas del Martin Braun-Gruppe, este espera que se le informe inmediatamente. Los socios y socias comerciales y todas las partes afectadas tienen la oportunidad de notificar cualquier infracción a su persona de contacto o a la persona de contacto del Martin Braun-Gruppe, a su supervisor, al responsable de cumplimiento (compliance@martinbraun.de) o a través del sistema de denuncia digital. Si los socios y socias comerciales consideran que la información les va a perjudicar, podrán solicitar, en el momento de la notificación al responsable de cumplimiento o a través del sistema de denuncias, que se lleve a cabo una investigación confidencial de la posible infracción.

Para preguntas generales o de contenido, póngase en contacto con: compliance@martinbraun.de.